Funciones

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Artículo 10. Dirección General de Calidad Democrática, Responsabilidad Social y Fomento del Autogobierno

1. La Dirección General de Calidad Democrática, Responsabilidad Social y Fomento del Autogobierno es el órgano directivo que programa y ejecuta las políticas del Consell en materia de responsabilidad social y dirige y gestiona las políticas de la Generalitat destinadas al desarrollo del autogobierno y recuperación del derecho foral civil valenciano.

2. En especial, tiene atribuidas las siguientes funciones:

a) Diseñar la planificación y las directrices de actuación en materia de responsabilidad social, así como ejecutar las políticas de la Generalitat en este ámbito.

b) Dirigir y gestionar las políticas de la Generalitat adscritas al desarrollo del autogobierno.

c) Dar apoyo a la iniciativa legislativa popular en el marco del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana y de la legislación vigente, y promoverla.

d) Diseñar, coordinar y gestionar las ayudas adscritas al fomento y divulgación del autogobierno y la responsabilidad social.

e) Coordinar el desarrollo normativo del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana para la creación de los organismos previstos en este.

f) Impulsar, coordinar y desarrollar la normativa de la Generalitat, dentro del ámbito de la responsabilidad social y del fomento del autogobierno, en materia de procesos de participación diferentes a las consultas populares.

g) Fomentar las relaciones de la Comunitat Valenciana con otros países en materia de responsabilidad social y fomento del autogobierno.

h) Fomentar la recuperación, difusión y estudio del derecho civil valenciano.

i) Informar y dar apoyo a las administraciones de la Comunitat Valenciana en materia de promoción del autogobierno y participar en los órganos de decisión y coordinación relativos a la recuperación de la memoria histórica, como herramienta para completar la visión que debe tener la sociedad valenciana de su autogobierno.

j) Diseñar y ejecutar las actuaciones relacionadas con la promoción y divulgación del autogobierno y sus instituciones.

k) Ejecutar aquellas competencias que en un futuro le pueda encomendar el titular de la Conselleria por delegación o por desarrollo de la normativa vigente.

Artículo 11. Nivel administrativo de la Dirección General de Calidad Democrática, Responsabilidad Social y Fomento del Autogobierno

1. De la Dirección General de Calidad Democrática, Responsabilidad Social y Fomento del Autogobierno depende la Subdirección General de Responsabilidad Social y Fomento del Autogobierno, a la que corresponde coordinar y supervisar, en las materias propias de la dirección general, los servicios que dependan de ella.

2. De la Subdirección General de Responsabilidad Social y Fomento del Autogobierno dependen los siguientes servicios:

2.1. Servicio de Responsabilidad Social, con las siguientes funciones:

a) Impulsar y dinamizar los procesos de implantación de la cultura de la responsabilidad social en el conjunto de la sociedad valenciana.

b) Impulsar y coordinar la aplicación de las políticas e instrumentos de responsabilidad social en las administraciones públicas y, especialmente, en el ámbito competencial de la Generalitat y su sector público.

c) Fomentar la búsqueda de nuevas fórmulas de aplicación de la responsabilidad social y realizar los estudios, análisis comparativos, evaluaciones e informes necesarios por su implantación en territorio de la Comunitat Valenciana.

d) Promover el conocimiento y la difusión de la responsabilidad social en la sociedad en general a través de formación, publicaciones, premios, incentivos o fomento de las colaboraciones entre el sector público y el privado.

e) Impulsar la creación de un marco de actuación en materia de responsabilidad social que sistematice de manera clara y accesible a la ciudadanía los procesos, metodologías e instrumentos existentes en esta materia.

f) Impulsar la participación ciudadana en el ámbito de la responsabilidad social, mediante procesos diferentes a las consultas populares.

g) Fomentar las relaciones de la Comunitat Valenciana con otros países en materia de responsabilidad social.

h) Cualquier otra que se le encomiende en relación con las materias que le son propias.

2.2. Servicio de Promoción del Autogobierno y Derecho Foral Valenciano, con las siguientes funciones:

a) Estudiar, informar y efectuar propuestas en materia de desarrollo estatutario, y hacer estudios, análisis comparativos, evaluación e informes sobre derecho comparado.

b) Informar y dar apoyo a la Administración autonómica de la Comunitat Valenciana en materia de desarrollo estatutario y promoción del autogobierno.

c) Coordinarse con los servicios correspondientes de las administraciones locales y departamentos en los que incidan las iniciativas legislativas de desarrollo estatutario.

d) Efectuar las tareas de documentación, publicaciones, comunicación y compilación, crear, sistematizar y custodiar su archivo, y promocionar la investigación y el estudio del derecho foral valenciano.

e) Promover las iniciativas legislativas pertinentes para la recuperación y el desarrollo del derecho foral civil valenciano, y establecer los criterios y las directrices que permitan la adaptación a las necesidades sociales y económicas de la Comunitat Valenciana.

f) Gestionar la Comisión de Codificación Civil Valenciana y su correspondiente órgano asesor, el Observatorio de Derecho Civil Valenciano, así como otras comisiones o grupos de trabajo que se puedan crear en materia de derecho foral civil valenciano, ya directamente, ya mediante otros instituciones, incluyendo la coordinación en este ámbito con las universidades valencianas.

g) Colaborar, preparar, estudiar y elaborar los informes en los que se apoyen las solicitudes necesarias para verificar las transferencias del Estado a la Comunitat Valenciana de conformidad con el procedimiento legalmente establecido.

h) Informar, asesorar y dar apoyo a la representación en la Comisión Mixta de Transferencias.

i) Diseño, coordinación y gestión de las ayudas adscritas al fomento y divulgación del autogobierno y de la responsabilidad social.

j) Coordinar el desarrollo normativo del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana para la creación de los organismos previstos en este.

k) Impulsar, coordinar y desarrollar la normativa de la Generalitat en materia de procesos de participación diferentes a las consultas populares, en el ámbito del fomento del autogobierno.

l) Fomentar las relaciones de la Comunitat Valenciana con otros países en materia de fomento del autogobierno.

m) Diseñar y ejecutar las actuaciones relacionadas con la promoción y divulgación del autogobierno y sus instituciones y participar en los órganos de decisión y coordinación relativos a la recuperación de la memoria histórica, como herrramienta para completar la visión que debe tener la sociedad valenciana de su autogobierno o autonomía.

n) Divulgar y promover el autogobierno, así como la identidad, valores, cultura, historia e instituciones propias de la Comunitat Valenciana, mediante la suscripción de convenios, campañas informativas o de divulgación e imagen y planes de formación.

o) Proponer la aprobación de planes de formación con el fin de impartir cursos en materia de autogobierno y desarrollo estatutario en la enseñanza primaria y secundaria, en colaboración con la conselleria competente en materia de educación.

p) Estudiar, impulsar y proponer la creación de organismos e instituciones que dimanen del Estatuto de Autonomía, así como todos aquellos institutos, organismos o centros de investigación orientados a promover y desarrollar el autogobierno.

q) Coordinar y publicar la Revista Valenciana de Estudios Autonómicos y otras publicaciones relacionadas con estos objetivos.

r) Cualquier otra que se le encomiende en relación con las materias que le son propias.