Te interesa

Documentos que deben acompañar al informe final

Documentos que deben acompañar al informe final

EN PROYECTOS DE DESARROLLO REALIZADOS POR ONGD

  • Certificación original del Secretario de la entidad beneficiaria con el visto bueno del Presidente de que la subvención, así como, en su caso, los intereses generados por la misma, han sido invertidos en su totalidad en el proyecto para el que fue concedida, y en la que consten, además, los objetivos conseguidos.
  • En caso de que los gastos inherentes a la ejecución del proyecto se hayan realizado en el exterior, informe del socio local sobre las repercusiones del proyecto, así como certificado del mismo acreditativo del importe de las transferencias recibidas imputables a la subvención concedida por la Generalitat Valenciana.
  • Acreditación del socio local de haber recibido los fondos del resto de cofinanciadores y certificación sobre el coste total del proyecto.
  • Documentos o certificaciones bancarias acreditativos de los siguientes extremos: ingreso de la subvención en la cuenta corriente abierta a tal efecto, transferencias bancarias realizadas con cargo a la misma y, en su caso, tipos de cambio de las transferencias bancarias realizadas.
  • Relación numerada de los documentos justificativos del gasto realizado con cargo a la subvención concedida, según modelo normalizado [doc de 84 Kb]. Dicha relación numerada deberá agruparse según las partidas detalladas en el formulario de identificación del proyecto o, en su caso, en la reformulación económica presentada o en la modificación presupuestaria del proyecto autorizada o comunicada. Esta relación numerada de documentos justificativos del gasto deberá facilitarse también en documento electrónico.
  • Documentos justificativos de los gastos realizados con cargo a la subvención concedida, ordenados en base a la relación numerada anterior. Los documentos justificativos del gasto deben ser auténticos, a cuyo efecto deberá presentarse el documento original acompañado de una copia para su compulsa, o copia debidamente compulsada por notario o fedatario público. Las facturas presentadas deberán cumplir con los requisitos exigidos por la legislación del país en el que se hayan adquirido los bienes o prestado los servicios, para o por el beneficiario de la subvención y, en todo caso, incluirán:
    • Nombre, apellidos, denominación social, domicilio y número de identificación fiscal, en su caso, del expedidor y del destinatario.
    • Descripción de la operación y contraprestación total.
    • Lugar y fecha de emisión.
    • Acreditación de que se ha efectuado el abono de su importe por la entidad beneficiaria.

Diligencia de la entidad beneficiaria en la que se haga constar el número de expediente y la afectación, total o parcial, al proyecto subvencionado. En caso de que el documento justificativo del gasto se impute a más de un cofinanciador se expresará, además, el porcentaje de financiación que se impute a la subvención de la Generalitat Valenciana.

  • La fecha de las facturas y justificaciones de los gastos con cargo a la subvención de la Generalitat Valenciana deberá estar comprendida dentro del plazo de ejecución real del proyecto. Sólo se aceptarán facturas anteriores o posteriores, en no más de seis meses, para los gastos indirectos de formulación y evaluación.
  • En su caso, copias compulsadas de los contratos de trabajo y de las nóminas firmadas por las personas que hayan participado en la ejecución del proyecto como trabajadores y/o mediante contratos de arrendamientos de servicios, junto con el recibo de las cantidades abonadas, y los justificantes, cuando proceda, del ingreso en la seguridad socialingreso de la retención a cuenta del IRPF. Si no existe contrato porque se trata de personal local en el país donde se ejecuta la acción: facturas o recibos por la cantidad percibida, en los que deberá constar, en su caso, el pago de los impuestos de acuerdo a la legislación del correspondiente país. de las correspondientes cuotas sometidas a la legislación laboral española y del
  • En caso de adquisición de bienes inmuebles, documento público que acredite la misma y en el que figure que dicho bien será propiedad de los destinatarios del proyecto o del socio local que participe en su ejecución, quedando adscrito al proyecto por un plazo mínimo de 15 años.

 

 

EN PROYECTOS DE SENSIBILIZACIÓN REALIZADOS POR ONGD

  • Certificación original del Secretario de la entidad beneficiaria con el visto bueno del Presidente de que la subvención, así como, en su caso, los intereses generados por la misma, han sido invertidos en su totalidad en el proyecto para el que fue concedida, y en la que consten, además, los objetivos conseguidos.
  • Certificación original del Secretario de la entidad beneficiaria con el visto bueno del Presidente de haber recibido los fondos del resto de cofinanciadores y certificación sobre el coste total del proyecto.
  • Documentos o certificaciones bancarias acreditativos de los siguientes extremos: ingreso de la subvención en la cuenta corriente abierta a tal efecto y transferencias bancarias realizadas con cargo a la misma.
  • Relación numerada de los documentos justificativos del gasto realizado con cargo a la subvención concedida, según modelo normalizado [doc de 64 Kb]. Dicha relación numerada deberá agruparse según las partidas detalladas en el formulario de identificación del proyecto o, en su caso, en la reformulación económica presentada o en la modificación presupuestaria del proyecto autorizada o comunicada. Esta relación numerada de documentos justificativos del gasto deberá facilitarse también en documento electrónico. Las facturas deberán reunir los requisitos establecidos en el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre las obligaciones de facturación, así como acreditación de que se ha efectuado el abono de su importe por la entidad beneficiaria y diligencia de la entidad beneficiaria en la que se haga constar el número de expediente y la afectación, total o parcial, al proyecto subvencionado. En caso de que el documento justificativo del gasto se impute a más de un cofinanciador se expresará, además, el porcentaje de financiación que se impute a la subvención de la Generalitat Valenciana.
  • En su caso, copias de los contratos de trabajo y de las nóminas firmadas por las personas que hayan participado en la ejecución del proyecto como trabajadores y/o mediante contratos de arrendamientos de servicios, junto con el recibo de las cantidades abonadas, y los justificantes del ingreso en la seguridad social de las correspondientes cuotas y del ingreso de la retención a cuenta del IRPF.

 

 

EN PROYECTOS DE FORMACIÓN E INVESTIGACIÓN REALIZADOS POR UNIVERSIDADES DE LA COMUNITAT VALENCIANA 

  • Certificación original del Secretario de la entidad beneficiaria con el visto bueno del Rector de la Universidad de que la subvención, así como, en su caso, los intereses generados por la misma, han sido invertidos en su totalidad en el proyecto para el que fue concedida, y en la que consten, además, los objetivos conseguidos.
  • En caso de que los gastos inherentes a la ejecución del proyecto se hayan realizado en el exterior, informe del socio local sobre las repercusiones del proyecto, así como certificado del mismo acreditativo del importe de las transferencias recibidas imputables a la subvención concedida por la Generalitat Valenciana.
  • Acreditación del socio local de haber recibido los fondos del resto de cofinanciadores y certificación sobre el coste total del proyecto.
  • Documentos o certificaciones bancarias acreditativos de los siguientes extremos: ingreso de la subvención en la cuenta corriente abierta a tal efecto, transferencias bancarias realizadas con cargo a la misma y, en su caso, tipos de cambio de las transferencias bancarias realizadas.
  • Relación numerada de los documentos justificativos del gasto realizado con cargo a la subvención concedida, según modelo normalizado [doc de 130 Kb]. Dicha relación numerada deberá agruparse según las partidas detalladas en el formulario de identificación del proyecto o, en su caso, en la reformulación económica presentada o en la modificación presupuestaria del proyecto autorizada o comunicada. Esta relación numerada de documentos justificativos del gasto deberá facilitarse también en documento electrónico.
  • Documentos justificativos de los gastos realizados con cargo a la subvención concedida, ordenados en base a la relación numerada anterior. Los documentos justificativos del gasto deben ser auténticos, a cuyo efecto deberá presentarse el documento original acompañado de una copia para su compulsa, o copia debidamente compulsada por notario o fedatario público. Las facturas presentadas deberán cumplir con los requisitos exigidos por la legislación del país en el que se hayan adquirido los bienes o prestado los servicios, para o por el beneficiario de la subvención y, en todo caso, incluirán:
    • Nombre, apellidos, denominación social, domicilio y número de identificación fiscal, en su caso, del expedidor y del destinatario.
    • Descripción de la operación y contraprestación total.
    • Lugar y fecha de emisión.
    • Acreditación de que se ha efectuado el abono de su importe por la entidad beneficiaria.

      Diligencia de la entidad beneficiaria en la que se haga constar el número de expediente y la afectación, total o parcial, al proyecto subvencionado. En caso de que el documento justificativo del gasto se impute a más de un cofinanciador se expresará, además, el porcentaje de financiación que se impute a la subvención de la Generalitat Valenciana.
  • La fecha de las facturas y justificaciones de los gastos con cargo a la subvención de la Generalitat Valenciana deberá estar comprendida dentro del plazo de ejecución real del proyecto. Sólo se aceptarán facturas anteriores o posteriores, en no más de seis meses, para los gastos indirectos de formulación y evaluación.
  • En su caso, copias de los contratos de trabajo y de las nóminas firmadas por las personas que hayan participado en la ejecución del proyecto como trabajadores y/o mediante contratos de arrendamientos de servicios, junto con el recibo de las cantidades abonadas, y los justificantes, cuando proceda, del ingreso en la seguridad socialy del ingreso de la retención a cuenta del IRPF. Si no existe contrato porque se trata de personal local en el país donde se ejecuta la acción: facturas o recibos por la cantidad percibida, en los que deberá constar, en su caso, el pago de los impuestos de acuerdo a la legislación del correspondiente país. de las correspondientes cuotas sometidas a la legislación laboral española
  • En caso de adquisición de bienes inmuebles o construcción, documento público que acredite la misma y en el que figure que dicho bien será propiedad de los destinatarios del proyecto o del socio local que participe en su ejecución, quedando adscrito al proyecto por un plazo mínimo de 15 años.